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Reglamento para la Protección de Perros y Gatos 🦮 🐈

TítuloReglamento para la Protección de Peros y Gatos del Municipio de Papalotla de Xicohténcatl
AutorH. Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl. 2021-2024
PublicaciónPeriódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Año2022
Tiempo de lectura27 minutos

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Preguntas frecuentes sobre el Reglamento

1. ¿A qué tienen derecho los perros y gatos en Papalotla?

En Papalotla, los perros y gatos tienen derechos fundamentales que garantizan su bienestar y protección.

  1. Derecho a recibir cuidado y atención veterinaria adecuada.
  2. Derecho a vivir en un entorno limpio y seguro.
  3. Derecho a ser alimentados de manera adecuada y a tener acceso a agua fresca.
  4. Derecho a no ser objeto de maltrato, abuso o crueldad.
  5. Derecho a no ser abandonados en la vía pública.
  6. Derecho a no ser utilizados en peleas o actividades crueles.
  7. Derecho a ser capturados y manejados de manera humanitaria en caso de ser encontrados en la vía pública.
  8. Derecho a ser adoptados por familias responsables si no son reclamados por sus dueños.
  9. Derecho a no ser sacrificados de manera inhumana.
  10. Derecho a que se respeten las normativas de bienestar animal para su protección.

2. ¿Hay una prohibición de peleas de perros y gatos?

Sí, en Papalotla existe una prohibición de peleas de perros y gatos. Estas actividades crueles y violentas están explícitamente prohibidas para garantizar el bienestar de los animales y prevenir el sufrimiento innecesario. El Reglamento de Tenencia Responsable de Perros y Gatos del Municipio de Papalotla prohíbe realizar peleas entre dos o más perros con fines recreativos, de entrenamiento o de cualquier otra índole, asegurando que estas prácticas sean sancionadas y perseguidas de acuerdo con la normativa local.

3. ¿Bajo qué casos y con qué salvaguardas será aplicada la eutanasia?

La eutanasia se aplicará en los siguientes casos y con ciertas salvaguardas según el Reglamento de Tenencia Responsable de Perros y Gatos del Municipio de Papalotla:

  1. Cuando un perro o gato haya agredido a una persona o animal en más de dos ocasiones en la vía pública o en un domicilio particular. En este caso, se llevará a cabo después de la observación obligatoria.
  2. Cuando un perro o gato haya estado en contacto con un caso positivo del virus de la rabia o haya agredido a un animal con sospecha de rabia. El animal deberá permanecer en vigilancia epidemiológica durante 10 días en un lugar designado por un Médico Veterinario Zootecnista.
  3. Ante la presencia de un caso positivo al virus de la rabia u otra zoonosis, se realizarán campañas de captura de animales y se remitirán al módulo canino para su vigilancia.

Tabla de sanciones por negligencia.

Categoría de InfracciónEjemplo de InfracciónSanción
LeveNo llevar a tu perro con correa en la vía pública.Amonestación con apercibimiento.
MediaDejar a tu perro sin supervisión en un espacio público.Multa equivalente a 7-10 UMA vigentes.
GraveAgredir a otro animal en la vía pública.Multa equivalente a 11-16 UMA vigentes.
Muy GraveRealizar peleas entre perros para fines recreativos.[Sanción más severa que corresponda].