Reglamento para la Protección de Perros y Gatos 🦮 🐈
| Título | Reglamento para la Protección de Peros y Gatos del Municipio de Papalotla de Xicohténcatl |
|---|---|
| Autor | H. Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl. 2021-2024 |
| Publicación | Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala |
| Año | 2022 |
| Tiempo de lectura | 27 minutos |
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Preguntas frecuentes sobre el Reglamento
1. ¿A qué tienen derecho los perros y gatos en Papalotla?
En Papalotla, los perros y gatos tienen derechos fundamentales que garantizan su bienestar y protección.
- Derecho a recibir cuidado y atención veterinaria adecuada.
- Derecho a vivir en un entorno limpio y seguro.
- Derecho a ser alimentados de manera adecuada y a tener acceso a agua fresca.
- Derecho a no ser objeto de maltrato, abuso o crueldad.
- Derecho a no ser abandonados en la vía pública.
- Derecho a no ser utilizados en peleas o actividades crueles.
- Derecho a ser capturados y manejados de manera humanitaria en caso de ser encontrados en la vía pública.
- Derecho a ser adoptados por familias responsables si no son reclamados por sus dueños.
- Derecho a no ser sacrificados de manera inhumana.
- Derecho a que se respeten las normativas de bienestar animal para su protección.
2. ¿Hay una prohibición de peleas de perros y gatos?
Sí, en Papalotla existe una prohibición de peleas de perros y gatos. Estas actividades crueles y violentas están explícitamente prohibidas para garantizar el bienestar de los animales y prevenir el sufrimiento innecesario. El Reglamento de Tenencia Responsable de Perros y Gatos del Municipio de Papalotla prohíbe realizar peleas entre dos o más perros con fines recreativos, de entrenamiento o de cualquier otra índole, asegurando que estas prácticas sean sancionadas y perseguidas de acuerdo con la normativa local.
3. ¿Bajo qué casos y con qué salvaguardas será aplicada la eutanasia?
La eutanasia se aplicará en los siguientes casos y con ciertas salvaguardas según el Reglamento de Tenencia Responsable de Perros y Gatos del Municipio de Papalotla:
- Cuando un perro o gato haya agredido a una persona o animal en más de dos ocasiones en la vía pública o en un domicilio particular. En este caso, se llevará a cabo después de la observación obligatoria.
- Cuando un perro o gato haya estado en contacto con un caso positivo del virus de la rabia o haya agredido a un animal con sospecha de rabia. El animal deberá permanecer en vigilancia epidemiológica durante 10 días en un lugar designado por un Médico Veterinario Zootecnista.
- Ante la presencia de un caso positivo al virus de la rabia u otra zoonosis, se realizarán campañas de captura de animales y se remitirán al módulo canino para su vigilancia.
Tabla de sanciones por negligencia.
| Categoría de Infracción | Ejemplo de Infracción | Sanción |
|---|---|---|
| Leve | No llevar a tu perro con correa en la vía pública. | Amonestación con apercibimiento. |
| Media | Dejar a tu perro sin supervisión en un espacio público. | Multa equivalente a 7-10 UMA vigentes. |
| Grave | Agredir a otro animal en la vía pública. | Multa equivalente a 11-16 UMA vigentes. |
| Muy Grave | Realizar peleas entre perros para fines recreativos. | [Sanción más severa que corresponda]. |